PIROY S.A en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N°80000505-8, domicilio situado en la calle Avda. Artigas c/ Tte. Francisco cusmanich N° 988 de la ciudad de Asunción, teléfono (021) 249 2100, realizará la promoción denominada “LUMI HOLIDAYS”, en adelante la PROMOCIÓN.
La PROMOCION tendrá vigencia desde el 15/11/24 hasta el 15/01/25, y será válida para todo el territorio nacional.
Podrán participar de la PROMOCION todas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y condiciones.
No podrán participar de la PROMOCION, ni hacerse acreedores de los premios:
Participan de la promoción todos los clientes que hayan realizado las compras por valor de 500.000 gs en cualquiera de nuestras 21 tiendas o tienda web, automáticamente generan un cupón virtual durante la vigencia de la PROMOCION, los cupones son acumulables.
Durante la PROMOCION serán sorteados/entregados los siguientes premios:
El sorteo será realizado en fecha 18 de enero por medios digitales.
En el caso en que el ORGANIZADOR constate que el potencial ganador se encuentra inhabilitado por hallarse dentro de las restricciones de participación establecidas en estas bases y condiciones, se procederá a la anulación del cupón seleccionado, dejando constancia del hecho mediante acta notarial donde se describirá en detalle el motivo. En este caso, el participante con el cupón suplente pasará a ser el acreedor del premio, lo cual se dejará constancia en la misma acta notarial.
Los ganadores serán notificados vía telefónica en el transcurso de las 48 horas posteriores al sorteo. Además, el listado de ganadores (nombre, apellido, y tres últimos dígitos del documento de identidad) será publicado en la página web del ORGANIZADOR y en sus redes sociales.
El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días posteriores a la fecha del sorteo para retirar el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el ORGANIZADOR. Para recibir dicho premio el ganador deberá presentarse con CI.
Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el premio será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20.
El ORGANIZADOR no será responsable del uso o destino que el ganador otorgue a los premios recibidos
El ganador, al momento de aceptar y retirar el premio, otorga de manera gratuita al ORGANIZADOR el derecho a publicitar su nombre e imagen, para la difusión en comerciales de televisión, radio, prensa escrita o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCION. Esta cesión de derechos será otorgada al solo efecto de publicitar el resultado de la promoción de referencia, y no será utilizada para otros fines.
Los datos personales que el ORGANIZADOR reciba o posea de los participantes serán tratados de acuerdo a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El ORGANIZADOR se compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso de los datos entregados por el PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la PROMOCION. En caso que el registro de participación sea realizado por medios electrónicos, el ORGANIZADOR informará al PARTICIPANTE del uso o destino que hará de la información personal recopilada, mediante mensaje que será publicado en la misma plataforma de registro.
El ORGANIZADOR podrá, previa autorización de CONAJZAR, modificar, extender, ampliar, suspender o cancelar esta PROMOCION cuando circunstancias imprevistas así lo justifiquen. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no afectarán derechos adquiridos.
La participación en la promoción implica la aceptación de lo establecido en estas bases y condiciones, documento que estará a disposición de los participantes en el sitio web del organizador y en sus redes sociales. La eventual declaración de nulidad de una o más cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.
Toda situación que pudiera derivar en un conflicto entre el ORGANIZADOR y el PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las partes, por la CONAJZAR. Queda además expedita la vía jurisdiccional, en caso que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos, y a tal efecto, se establece la Circunscripción Judicial correspondiente a la ciudad de [Asunción] de la República del Paraguay